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Causas Principales

Imagen Civil

Los capítulos para declarar la nulidad de un matrimonio canónico más comunes son:

1º.- La grave discreción de juicio de alguno de los cónyuges o de ambos.

2º.- La Incapacidad para asumir las obligaciones del matrimonio por causa de naturaleza psíquica (ludopatía, trastorno mental, alcoholismo, drogadicción, malos tratos, etc.)

3º.- La simulación parcial o total del consentimiento matrimonial.

4º.- La exclusión de alguno de los bienes esenciales del matrimonio (bien de los cónyuges, fidelidad, procreación o indisolubilidad).

5º.- Si uno de los cónyuges se casó engañado por el otro por una cualidad que no tiene y que perturba gravemente el matrimonio;

6º.- Si alguien se casó por miedo, coacción o sin libertad suficiente.

Otras áreas de nulidad matrimonial

¿Qué es?

Un matrimonio celebrado por la Iglesia se presume válido, es decir, que los contrayentes quedaron verdaderamente casados y unidos de por vida por el vínculo matrimonial. Algunas veces sucede que matrimonios celebrados por la Iglesia son nulos y por esto mismo los contrayentes no han quedado casados ni unidos por el vínculo matrimonial. Esto hay que demostrarlo, pues en la Iglesia todo matrimonio se presume válido mientras no se demuestre lo contrario.

La nulidad de un matrimonio canónico es declarada por un Tribunal Eclesiástico de Primera Instancia y, además, debe ser confirmada por decreto o por sentencia por el Tribunal Eclesiástico de Segunda Instancia. Es decir, se requieren dos decisiones conformes para que los cónyuges queden libres del vínculo matrimonial. Desde este momento pueden volver a casarse por la Iglesia si lo desean.

Cuando la Iglesia declara la nulidad de un matrimonio católico, a través de sus Tribunales Eclesiásticos, quiere decir que la convivencia conyugal durante el matrimonio declarado nulo fue moral y lícita, que los hijos que se tuvieron son legítimos para la Iglesia, que permanece la obligación de los padres de alimentar y educar a sus hijos y que se originan todas las obligaciones civiles derivadas del matrimonio como son la sociedad conyugal, su régimen económico matrimonial, etc.